Guía fiscal para vendedores extranjeros
FIRPTA Explicado para Vendedores Extranjeros en Florida

Respuesta Rápida
FIRPTA es la Foreign Investment in Real Property Tax Act. Bajo FIRPTA, el comprador o adquirente generalmente tiene obligaciones de retención federal al adquirir un inmueble en EE.UU. de una persona extranjera, salvo que aplique una excepción u otra regla. Lo retenido no es automáticamente la factura fiscal final del vendedor.
Si un propietario extranjero puede vender en Florida es una pregunta distinta y más simple, respondida en ¿pueden los extranjeros vender propiedad en Florida?. Esta guía es más técnica: cómo funciona la retención FIRPTA, sobre qué se calcula, quién es responsable y qué debe revisar el vendedor antes del cierre. Si busca representación en la venta, eso corresponde a nuestro servicio para vender propiedad en Miami desde el exterior.
¿FIRPTA es un impuesto o una retención?
FIRPTA opera en el momento de la disposición. El IRS explica que los adquirentes que compran intereses en bienes inmuebles en EE.UU. a personas extranjeras deben retener sobre el monto realizado y que, en la mayoría de los casos, el comprador es el agente de retención, según su guía de retención FIRPTA. La retención es dinero enviado a cuenta de una posible obligación fiscal. No es, por sí sola, el cálculo final del impuesto.
- 01Se vende la propiedad
- 02Retención FIRPTA si aplica
- 03Se reporta la retención al IRS
- 04El vendedor presenta la declaración correspondiente
- 05Se determina la obligación fiscal real
- 06Se reclama el crédito por la retención
- 07Reembolso o impuesto adicional según corresponda
¿A quién aplica FIRPTA?
FIRPTA aplica a disposiciones de intereses en bienes inmuebles en EE.UU. por personas extranjeras. La clasificación importa más que la etiqueta. En sus definiciones de términos propios de FIRPTA, el IRS describe a la persona extranjera como un extranjero no residente, una corporación extranjera que no ha hecho la elección de la sección 897(i), una sociedad extranjera, un fideicomiso extranjero o una sucesión extranjera, y señala que no incluye al extranjero residente.
¿Cómo funciona la regla del 15%?
Bajo la regla general vigente, el IRS indica que los adquirentes deben retener el 15% del monto realizado en la disposición, con reglas especiales para corporaciones extranjeras. Ese porcentaje está sujeto a excepciones, reglas especiales, retención reducida, certificados de retención y otras circunstancias aplicables.
¿Qué significa "monto realizado"?
El IRS define el monto realizado como la suma del efectivo pagado o por pagar (solo principal), el valor justo de mercado de otros bienes transferidos o por transferir, y el monto de cualquier pasivo asumido por el adquirente o al que esté sujeta la propiedad inmediatamente antes y después de la transferencia.
Monto realizado
- Qué indica
- La base definida federalmente para el cálculo general de retención FIRPTA en una disposición.
- Qué no indica
- No indica la ganancia gravable del vendedor, su capital acumulado, ni los fondos netos que recibirá después de costos de cierre y cancelaciones de préstamos.
Cuatro conceptos que no son intercambiables
- Base federal del cálculo general de retención
- Monto realizado
- Concepto fiscal determinado con cálculos de ganancia separados
- Ganancia del vendedor
- Valor que conserva el propietario tras la deuda sobre la propiedad
- Capital acumulado
- Lo que realmente recibe el vendedor tras costos, cancelaciones y retención
- Fondos netos
Ejemplo simplificado. Si el monto realizado es $1,000,000, la regla general del 15% apuntaría a $150,000 de retención, sujeto a excepciones y otras reglas aplicables. Esa cifra no cambia según si la ganancia del vendedor fue grande, pequeña o negativa. El ejemplo ilustra únicamente la base de cálculo y no determina la obligación fiscal real de ningún vendedor.
¿Quién es responsable de retener?
Bajo el marco general de FIRPTA el comprador o adquirente es generalmente el agente de retención. El IRS señala que el adquirente debe averiguar si el transferente es una persona extranjera y que, si no retiene cuando corresponde, puede ser considerado responsable del impuesto.
- 01Vendedor extranjero
- 02Vende un inmueble en EE.UU.
- 03Comprador / adquirente
- 04Responsabilidad general de retención
- 05Proceso de cierre
- 06Reporte al IRS
Nada en esa cadena convierte a la correduría en la parte que determina o remite la obligación FIRPTA del vendedor. Supreme Capital Real Estate coordina la venta y se comunica con los profesionales de la transacción; la clasificación fiscal, la posición de retención y las presentaciones corresponden al asesor fiscal del vendedor y al profesional de cierre.
¿Existen excepciones?
Sí, con requisitos específicos. El IRS publica la lista vigente en su página de excepciones a la retención FIRPTA, que incluye, entre otras:
- Una excepción de residencia cuando el adquirente adquiere la propiedad para usarla como residencia y el monto realizado no supera $300,000, condicionada a que el adquirente o un familiar tenga planes definidos de residir allí al menos el 50% de los días de uso durante cada uno de los dos primeros períodos de 12 meses tras la transferencia, y a que el adquirente sea una persona física.
- Una certificación de estatus no extranjero del transferente entregada al adquirente o a un sustituto calificado.
- Una certificación de la corporación de que el interés no es un interés en bienes inmuebles en EE.UU.
- Un certificado de retención emitido por el IRS.
- Ciertas operaciones de no reconocimiento cuando se cumplen los requisitos de notificación por escrito.
- Ciertas adquisiciones por parte de entidades gubernamentales de EE.UU.
Las Instrucciones del Formulario 8288 también describen la retención a una tasa reducida del 10% cuando el adquirente adquiere la propiedad para usarla como residencia y el monto realizado supera $300,000 pero no excede $1 millón. El texto vigente se publica en las Instrucciones del Formulario 8288.
¿Se puede reducir la retención?
En circunstancias que califiquen, sí. El IRS indica en su página de certificados de retención que el monto requerido puede ajustarse conforme a un certificado emitido por el IRS. Pueden solicitarlo el adquirente, su agente o el transferente.
Retención estatutaria estándar
Monto realizado
Tasa general
Aplicada en la disposición
El cálculo por defecto aplica aunque no se aproxime a la posición fiscal esperada del vendedor.
Obligación fiscal máxima esperada
Circunstancias del vendedor
Cálculo de ganancia
Determinación del IRS
Cuando la retención estatutaria excedería la obligación máxima aplicable, un certificado podría ser relevante.
Sobre tiempos, el IRS indica que generalmente actuará sobre estas solicitudes dentro de 90 días desde la recepción de una solicitud completa que incluya los números de identificación fiscal de todas las partes. Es orientación general de procesamiento, no una garantía de aprobación ni una promesa sobre una fecha de cierre.
El IRS también aborda qué ocurre con una solicitud pendiente. Su guía sobre reporte y pago del impuesto en intereses inmobiliarios de EE.UU. explica que igualmente debe retenerse el impuesto, pero que el monto debe reportarse y pagarse dentro de los 20 días siguientes al día en que el IRS envía por correo al adquirente la copia del certificado o el aviso de denegación.

Formularios 8288, 8288-A, 8288-B y W-7
Referencia de formularios
- Declaración para reportar y pagar la retención FIRPTA y transmitir copias del 8288-A
- Formulario 8288
- Declaración por cada persona extranjera que dispone del inmueble, reportando la retención sobre el monto realizado
- Formulario 8288-A
- Solicitud de certificado de retención para reducir o eliminar la retención
- Formulario 8288-B
- Solicitud del número de identificación fiscal individual del IRS cuando corresponde
- Formulario W-7
Sobre plazos, el IRS indica que los adquirentes generalmente deben presentar el Formulario 8288 dentro de los 20 días siguientes a la fecha de la disposición. Por eso las preguntas FIRPTA no pueden abrirse después del cierre.
¿El vendedor extranjero necesita ITIN?
No automáticamente. Lo claro es que los números de identificación importan: el IRS requiere los TIN del transferente y del adquirente en los Formularios 8288 y 8288-A, y describe actuar sobre solicitudes de certificado dentro de 90 días desde una solicitud completa con los TIN de todas las partes. Un extranjero sin SSN suele obtener un ITIN mediante el Formulario W-7, sujeto a las reglas de elegibilidad del IRS.
¿Cómo se acredita la retención?
La retención se documenta, no se pierde. El IRS explica que el adquirente prepara el Formulario 8288-A por cada persona sujeta a retención, adjunta las copias A y B al Formulario 8288, y que el IRS sella la Copia B y la envía al transferente. Esa documentación respalda el crédito por el monto retenido en la declaración federal correspondiente.
Con su matiz: eso no significa que un vendedor determinado recibirá un reembolso, por un monto determinado, en un plazo determinado. El tratamiento real depende de la obligación fiscal federal final y de las circunstancias de presentación.
¿FIRPTA es lo mismo que ganancias de capital?
FIRPTA
Mecanismo de retención
Aplica en la disposición
Basado en el monto realizado
Responde cuánto puede necesitar retenerse cuando una persona extranjera dispone de un inmueble en EE.UU.
Ganancia de capital
Cálculo fiscal
Aplica en la declaración
Basado en las reglas fiscales aplicables
Responde cuál es la ganancia gravable y la obligación resultante. Relacionado, pero no lo mismo.
La base de compra, ciertas mejoras, ajustes, depreciación cuando aplica y gastos de venta cuando aplican pueden afectar la ganancia gravable. Esos cálculos corresponden al profesional fiscal del vendedor, y las preguntas fiscales del ciclo completo de propiedad se cubren en nuestra guía de impuestos para propietarios extranjeros en Florida.
¿Cuándo debe atenderse FIRPTA?
- 01
Antes de listar
- Preguntas de propiedad
- Revisión profesional
- 02
Antes o durante el contrato
- Aplicabilidad
- Asesoría especializada
- 03
Antes del cierre
- Documentación
- Mecánica de retención
- 04
En el cierre
- Retención
- Reporte
- 05
Después del cierre
- Declaración fiscal
- Crédito por retención
Quienes manejarán la venta desde otro país deben leer FIRPTA junto con la parte operativa, en cómo vender su propiedad de Miami remotamente. La mecánica de firma se cubre en cómo funcionan los cierres remotos en Florida.
¿Cómo encaja FIRPTA en una venta en Miami?
FIRPTA es federal. No es un impuesto de Miami ni de Florida. Se vuelve un tema frecuente en Miami porque hay una propiedad internacional considerable, así que la pregunta de clasificación surge a menudo en la etapa de contrato.
- 01Estrategia de la propiedad
- 02Documentos del vendedor
- 03Revisión FIRPTA
- 04Coordinación del cierre
- 05Venta internacional en Miami
El estatus FIRPTA no determina el valor de mercado. El precio depende de ventas comparables recientes, competencia actual, condición, tipo de propiedad, edificio o calle, ubicación y características frente al agua. Ese trabajo empieza con una valoración de propiedad en Miami y continúa con el proceso de vender casa en Miami. Los tiempos se abordan en cuánto tiempo toma vender una casa en Miami.
¿Quién maneja FIRPTA en la venta?
Roles profesionales
- Generalmente el agente de retención bajo el marco FIRPTA cuando aplica
- Comprador / adquirente
- Puede coordinar documentación de cierre, mecánica de liquidación y el proceso de retención y remisión según su rol
- Título / cierre
- Clasificación fiscal, obligación estimada y real, declaración, ITIN, estrategia de certificado y reembolsos
- Contador / asesor fiscal
- Asesoría legal, temas de titularidad y estructuras, y preguntas legales de la operación
- Abogado
- Precio, marketing, visitas, negociación y coordinación de la transacción
- Correduría inmobiliaria
Errores comunes que conviene evitar
- Llamar a FIRPTA simplemente "un impuesto del 15%".
- Suponer que la retención se calcula sobre la ganancia.
- Esperar al cierre para preguntar si FIRPTA aplica.
- Asumir que todo propietario extranjero tiene la misma clasificación fiscal.
- Asumir que todo vendedor extranjero necesita ITIN.
- Confiar en umbrales o excepciones desactualizados.
- Tratar lo retenido como la obligación fiscal final.
- Plantear un certificado de retención después del cierre.
- Confundir el rol de la correduría con el del asesor fiscal.
- Dar por hecho un monto o un plazo de reembolso.
¿Vende su propiedad de Miami como propietario extranjero?
FIRPTA es solo una parte de una venta internacional. La propiedad igual necesita precio, preparación, marketing y negociación local mientras se coordinan los requisitos fiscales, documentales y de cierre. Supreme Capital Real Estate maneja la parte inmobiliaria como agentes inmobiliarios en Miami y coordina con sus profesionales fiscales y de cierre para el resto.
Este artículo tiene fines educativos generales y no constituye asesoría fiscal ni legal. El tratamiento FIRPTA depende del vendedor, la estructura de propiedad y la operación. Consulte a un profesional fiscal calificado en EE.UU. y, cuando corresponda, a un abogado. Las afirmaciones técnicas resumen la guía vigente del IRS publicada en IRS.gov y enlazada en este artículo.